LAS PREFERENTES Y LAS ACCIONES: DOS INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE RIESGO

LAS PREFERENTES Y LAS ACCIONES: DOS INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE RIESGO

Sin duda, José Mota en su brillante parodia de nochebuena sobre los Bancos resultó exagerado cuando escenificó que hoy en día era más delictivo crear un Banco que atracarlo propiamente. Pero más de eso, sí que el conocido humorista utilizó el caldo social de estupefacción ante la creación por parte de las entidades financieras de instrumentos complejos, que les han servido para obtener fondos de gente sin conocimientos financieros a la que han causado graves pérdidas.

Y dentro de estos productos quizás los más conocidos sean las participaciones preferentes, en general y las acciones, en particular de BANKIA.

Cuando hablamos de participaciones preferentes, englobamos también las obligaciones subordinadas. Básicamente, se trata de productos híbridos, complejos en su estructura, por los cuales las antiguas cajas de ahorro, obtenían recursos de sus clientes, a cambio de una rentabilidad algo superior a la de un depósito a plazo fijo. En sí se trataba de un producto perfectamente legal. El problema es que se comercializó de manera errónea y a un público inadecuado.

Simplificando la cuestión, se trata de productos de naturaleza perpetua -en el caso de las preferentes- o de vencimiento a largo plazo -en el supuesto de las subordinadas-, por los cuales los clientes, asumían una posición asimilada a la de accionista de una sociedad. Sin embargo, este producto que debe estar concebido para personas expertas, se comercializó entre pequeños ahorradores bajo la garantía de la caja de ahorros de toda la vida, y con la mera explicación de que se trataba de un producto garantizado, sin riesgo de pérdida de capital, y con la plena garantía de la propia caja de ahorros de recuperar el dinero cuando quisieran.

La cuestión, es que, como hoy sabemos con la politización en las gestión de las cajas y las alocadas inversiones inmobiliarias que las crisis económica evidenció, muchas de estas cajas acabaron en una situación de quiebra, que les supuso ser intervenidas, provocando la perdida de los ahorros de los titulares de participaciones preferentes y de obligaciones subordinadas. Y en estos casos, se ha reaccionado con la presentación de demandas en los Juzgados por el engaño en la contratación del producto, las cuales están siendo estimadas en un porcentaje superior al 90%.

Un tema distinto, aunque no en cuanto a sus efectos, fue la suscripción de acciones de BANKIA. Tal y  como recordamos esta entidad que fue producto de la fusión de siete cajas de ahorro, encabezadas por CAJAMADRID y BANCAJA , se constituyó en un Banco, sacando a la venta sus acciones en una oferta pública de salida a bolsa representada por el toque de campana del exministro Rodrigo Rato, como culminación de una campaña masiva de publicidad en los medios.

Obviamente, y por lo general, todo el mundo sabe lo que es una acción de una sociedad, y que como tal, no es un producto seguro, pues igual que puede subir puede bajar también de valor. Sin embargo, ese riesgo, por Ley debe enmarcarse dentro de unas reglas básicas, la principal de las cuales, es que la contabilidad de la sociedad deber ser real y ajustarse, por tanto al patrimonio real de la sociedad, tanto en recursos propios como en deuda. Y es esto precisamente lo que falló en BANKIA que la salida a Bolsa en 2011 se hizo maquillando la contabilidad, ofreciendo una situación de solvencia que no obedecía a la realidad, puesto que ya por entonces la entidad se encontraba de facto en la situación de quiebra que la obligaría pocos meses más tarde a ser intervenida, y luego, a ser nacionalizada e intervenida por el FROB.

Se trataría aquí, por tanto, no de un error en el producto, como sucede con participaciones preferentes y obligaciones subordinadas sino de un error en la propia calidad del producto. Circunstancia que implica que en este caso, sea irrelevante el perfil del afectado. Todo el mundo ha sido engañado y puede reclamar incluyendo a inversores expertos, pues las cuentas de BANKIA estaban falseadas para todos, de modo que en estos procedimientos la garantía de éxito debería ser incluso superior que el de participaciones preferentes. Pero con una reserva que ha de reclamarse antes de que transcurra cuatro años desde la contratación para acudir a estos pleitos con todas las garantías.

 

Patricia Quesada Torres

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